Herramientas de Accesibilidad

Skip to main content
Sábado, 2 de Noviembre de 2024
Por Fernando Madariaga

Personalmente me ha sorprendido todo lo que está haciéndose público sobre Íñigo Errejón, al que no me habría extrañado que le hubieran pillado dinero en Venezuela o un apartamento en La Habana, pero lo de ser un presunto acosador violento de mujeres, no lo esperaba.

Sin embargo, las denuncias contra el exportavoz de Sumar arrojan algunas preguntas y dudas sobre la deriva que ha tomado este tipo de delito desde que Podemos y Sumar, autoerigidos en cruzados de un feminismo entendido como dogma religioso, lo convirtieron en un cúmulo de inconsistencias jurídicas y de incongruencias legales.

La primera que sorprende en el caso de Errejón es que, cuando ya hay dos denuncias contra él, no haya sido detenido, conducido a Comisaría a prestar declaración, y enchironado en los calabozos hasta su comparecencia ante el juez. Este es el primer paso habitual en ese procedimiento de dudosa legalidad por el que basta la denuncia de una mujer para que, sin necesidad de demostrar nada, esto suceda. Al menos es lo que le espera a cualquier hombre que no sea un político. De esto no se libran, como ya hemos visto, ni las estrellas del fútbol, aunque parece que los exparlamentarios que han apoyado al Gobierno de Pedro Sánchez con su voto tienen mejor suerte.

Desde luego, de haberse tratado de cualquier español normal y corriente acusado de ser un violento acosador sexual, habría dado con sus huesos en el calabozo, importando un rábano que la denuncia fuera cierta o no. Eso ya lo decidirá un juez dentro de unos cuantos meses en los que la imagen pública del acusado habrá quedado definitivamente marcada, independientemente de lo que resuelva el juez.

Otra anomalía, esta manifiestamente inconstitucional, en el “caso Errejón” es lo de que se pueda acusar de forma anónima en redes sociales a cualquier persona con total impunidad y sin necesidad de demostrar nada. Es cierto que, en este caso, el exportavoz de Sumar, al parecer, ha reconocido los hechos denunciados por la joven, pero cuántos casos no hemos visto ya de acusados por este tipo de delito que empiezan a cumplir condena el mismo día en que se hace pública la denuncia, independientemente de que, al terminar el proceso, resulten culpables o inocentes. Quizá, y aunque no se trate de nuestros privilegiados terroristas, habría que articular algún tipo de “doctrina Parot” para los denunciados por delitos sexuales para que computen la “pena de telediario” y el escarnio público una vez que exista sentencia firme.

Dicen que en la vida cosechas lo que siembras, Errejón es hoy buena muestra de ello. Han sido Podemos y Sumar los principales promotores a la hora de convertir estos delitos en una sucesión de injusticias ilegales que provocan la indefensión del acusado, a la vez que colocan a la parte acusadora en un privilegiado estatus de impunidad procesal, invirtiendo incluso la carga de la prueba, facilitando las denuncias falsas e incluso el empleo de estas acusaciones como un medio de venganza o de chantaje. No es casualidad que la mayor parte de los acusados más mediáticos sean famosos, estrellas del deporte o de lo que sea, o personajes relevantes con un denominador común: todos tienen dinero.

El efecto perverso de esta herramienta procesal construida por el “progresismo” español con inenarrable incompetencia puede verse de nuevo en estos últimos días, cuando, como era previsible, han comenzado a multiplicarse las denuncias anónimas en redes sociales por acoso o violencia sexual contra políticos de otros partidos, cuya imagen pública queda indefinida e inevitablemente afectada desde el momento en que son señalados, independientemente de la realidad objetiva de los hechos. También un nuevo capítulo de ese “pues tú más”, que PSOE y PP entienden como hacer política.

Otra gran duda que arroja todo lo relacionado con el tratamiento mediático y legal de estos tipos delictivos son los lapsos temporales. No parece lógico que muchas de esas acusaciones se hagan años, incluso décadas, después de haberse producido lo supuestos hechos, cuando indicios, recuerdos, testigos y otros medios probatorios se han ido diluyendo o, simplemente, han desparecido.

Antes de que Podemos y Sumar convirtieran estos delitos en política e ideología, el Código Penal y la Ley de Enjuiciamiento Criminal ya establecían un sistema eficaz para combatir estos tipos delictivos sin tener que montar este desaguisado. Habría bastado con modificar los aspectos que interesaran al político sin necesidad de asumir el papel de inquisidores para hacer campaña electoral a costa de algo que nunca debieron tocar al no estar capacitados para ello.

Este es el resultado habitual cuando un ignorante se pone a arreglar lo que funciona: no culpables en calabozos y condenados por sentencia firme en libertad gracias a estupideces como la ley del “solo sí es sí”.


Comentarios potenciados por CComment