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Por Fin
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El Supremo confirma la condena para los expresidentes andaluces Manuel Chaves y José Antonio Griñán por el caso de los ERE

Andalucía

Martes, 26 de Julio de 2022 - 13:50 h

El tribunal ha concluido la deliberación de los recursos de casación interpuestos contra la sentencia 490/2019 de la Audiencia Provincial de Sevilla. Se mantienen las condenas para Manuel Chaves de 9 años de inhabilitación por prevaricación y para José Antonio Griñán por el mismo delito, aunque en su caso la condena es de 6 años de prisión por malversación y 15 años de inhabilitación. Su abogado ha anunciado que recurrirá al Constitucional

El Consejo General del Poder Judicial ha informado esta mañana que el tribunal de la Sala II del Tribunal Supremo compuesto por los magistrados Juan Ramón Berdugo Gómez de la Torre (Presidente), Ana Ferrer García, Susana Polo García, doña Carmen Lamela Díez y Eduardo de Porres Ortiz de Urbina (Ponente) ha concluido la deliberación de los recursos de casación interpuestos contra la sentencia 490/2019, de 19 de noviembre de 2019, de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla (Caso ERE).

En atención a la relevancia pública del caso y como en otras ocasiones similares el tribunal procede a anticipar el fallo de su sentencia.

Estimando totalmente tres recursos de casación y parcialmente uno de ellos y desestimando los restantes recursos, ha acordado por mayoría de sus miembros anular la sentencia de primera instancia, dictando nueva sentencia con los siguientes pronunciamientos:

  1. ABSOLVEMOS del delito continuado de prevaricación administrativa a don JAVIER AGUADO HINOJAL, a don JUAN FRANCISCO SÁNCHEZ GARCÍA y a doña LOURDES MEDINA VARO, declarando de oficio las costas procesales de primera instancia y las derivadas de sus recursos de casación.
  2. CONDENAMOS a don JUAN MÁRQUEZ CONTRERAS, como autor responsable de sendos delitos continuados de malversación de caudales públicos y prevaricación administrativa, en relación de concurso ideal, apreciando la atenuante analógica y muy cualificada de reparación del daño, con la consiguiente reducción de sanciones, imponiéndole la pena de prisión de TRES AÑOS, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y a la pena de inhabilitación absoluta por tiempo de SIETE AÑOS Y SEIS MESES, que conlleva la privación definitiva de todos los honores, empleos y cargos públicos que tuviere el penado o cualesquiera otros honores, cargos o empleos públicos, con imposición de las 2/37 partes de las costas procesales de primera instancia y declarando de oficio las causadas con su recurso de casación.
  3. Se mantienen los restantes pronunciamientos de la sentencia impugnada.

El texto íntegro de la sentencia será publicado una vez se redacte el voto discrepante anunciado por las magistradas doña Ana Ferrer García y doña Susana Polo García.

En dicho voto se considera que también deberían haber sido estimados parcialmente los recursos interpuestos por don Miguel Ángel Serrano Aguilar, don Jesús María Rodríguez Román, don Francisco Vallejo Serrano, doña Carmen Martínez Aguayo y don José Antonio Griñán Martínez y que, anulada la sentencia de instancia, estos recurrentes deberían haber sido absueltos del delito continuado de malversación de caudales públicos.

Se da la circunstancia de que estas dos magistradas son las "progresistas".

El abogado de Griñán ha confirmado que recurrirá al Tribunal Constitucional en un previsible intento por evitar el ingreso en prisión del expresidente de la Junta de Andalucía. No obstante es poco probable que el Constitucional suspenda el ingreso en prisión habida cuenta de que la condena supera el tiempo establecido por su propia jurisprudencia.