Opinión

Coacción inhabilitante

Nadie olvida cuando durante la visita de Sánchez a Rabat en abril del pasado año, la bandera española fue colocada al revés en señal de rendición.

En la sesión plenaria del pasado día 19 en el Congreso, hasta los socios independentistas del Gobierno preguntaron en diferentes intervenciones al presidente, directamente y sin tapujos, qué información había obtenido Marruecos de su móvil con el software Pegasus para poder chantajearle sin disimulo alguno. El presidente no contestó.

El asunto plantea una cuestión interesante a la que no he sido capaz de encontrar respuesta en la Constitución ni en ningún otro texto legal: ¿Está un presidente del Gobierno de España habilitado para gobernar cuando actúa bajo coacción de terceros?

Ya se trate de particulares, empresas o, peor, de un gobierno extranjero, cuando la voluntad de un jefe de gobierno o de Estado está condicionada en sus decisiones y ha de plegarse a los intereses de esos terceros que tienen la capacidad de presionarle, parece de sentido común que el mandatario no está habilitado para gobernar, al menos hasta que desaparezca el motivo del chantaje.

Que Marruecos tiene información que compromete a nuestro presidente del Gobierno es tan público que hasta sus socios parlamentarios le preguntan directamente al respecto en el mismo Congreso, como sucedió el pasado día 19. Además, el reiterado silencio de Pedro Sánchez tras el sorprendente giro en su política respecto al reino alauita, confirma lo que todos sabemos.

Sin embargo, no he encontrado en la Constitución ningún artículo que contemple la inhabilitación del presidente cuando actúa bajo coacción. Parece que solo una enfermedad incapacitante puede ser motivo legal para apartarle de sus funciones y, por extensión, supongo que lo serán también los motivos de incapacitación del Código Civil, y les garantizo que en su articulado no se refiere en absoluto al chantaje realizado por un gobierno al presidente de otro.

Países como Estados Unidos sí tienen prevista en su legislación esa posibilidad de inhabilitar temporal o definitivamente a un jefe de Estado o de Gobierno que, por la razón que sea, actúe bajo coerción independientemente del origen de la misma.

La verdad es que el tema es de sentido común y la posibilidad de que esto suceda no es tan remota, nuestra realidad es prueba de ello.

Es lógico pensar que tanto el Centro Nacional de Inteligencia (CNI) como los servicios de información del Ministerio del Interior deben estar al tanto de qué información robó Marruecos del móvil de Pedro Sánchez, por lo que parece igualmente lógico deducir que, de ser así, con su silencio estarían incumpliendo la obligación que tienen sus funcionarios de proteger nuestro país. Y ese sí es un delito contemplado en nuestro ordenamiento.

Con la triste experiencia que tenemos hoy, en vez de perder el tiempo con las chorradas legislativas de Podemos, parece bastante más urgente que el Congreso se ponga a pensar en un marco jurídico para evitar en el futuro que otro presidente del Gobierno de España pueda gobernar siendo un rehén.


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