Las administraciones públicas no pueden cobrar tributos sobre actividades que prohíben realizar.
Sin duda otro avezado truco de trilerismo el que está haciendo el Gobierno en materia fiscal aprovechando las circunstancias de la pandemia al plantear, como medidas de apoyo a los diferentes sectores económicos, lo que en realidad está suponiendo mantener la dinámica de esquilmar a esa enorme mayoría de españoles que, lejos de vivir en este país, nos limitamos a sobrevivir en él.
El manifiesto abuso con el iva de lujo para las mascarillas, sumado a la sucesivas mentiras de la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, culpando a Bruselas de la imposibilidad de reducirlo, ha sido, probablemente, la primera gran estafa que se le ha hecho a la población bajo la coartada de la pandemia.
Y no menos escandaloso, ni menos digno de acabar en un juzgado de guardia, es que los poderes públicos, no solo el estatal, sino también los autonómicos y municipales, planteen las miserables reducciones fiscales que están realizando como medidas para "ayudar" a los diferentes sectores en estos difíciles momento. Menudo fraude.
Es un principio básico en Derecho Tributario y Fiscal que para que surja la obligación de pagar un impuesto, tasa o cualquier otro tipo de tributo, el sujeto pasivo -el pringado que paga, para entendernos- debe haber cumplido el hecho imponible -actividad o hecho del que nace la obligación tributaria-. Si las administraciones públicas están obligado a los negocios a cierres totales o parciales desde hace meses, todas esas empresas y autónomos -sujetos pasivos- no han realizado sus respectivas actividades profesionales, el hecho imponible del que surge la obligación tributaria. En consecuencia no existe obligación legal de pagar esos impuestos y tasas, y todos los cobros que están haciendo las administraciones son un enriquecimiento injusto y, probablemente, ilícito.
También en consecuencia, que ningún ciudadano que esté viendo su actividad profesional afectada por esta situación, piense que el Estado, la autonomía o su ayuntamiento, en su magnánima generosidad, le está haciendo un favor con las míseras rebajas o exenciones fiscales que están realizando. Sin duda, todos ellos están trincando más de lo que les corresponde.
Un empresario solo debe tener la obligación fiscal acorde a la actividad que le permite el poder público. Cobrar por las mesas a bares y restaurantes que están cerrados, reclamar el 100% de los tributos a negocios con aforos reducidos al 50 o al 30% o con horarios limitados, no solo es una inmoralidad sino que sorprende que todavía ningún fiscal haya entrado a estudiar la calificación jurídica del pingüe negocio que están haciendo las administraciones públicas.
La presión fiscal tiene que ser proporcionalmente idéntica al cumplimiento del hecho objetivo del tributo que permite el poder público al sujeto pasivo. Más allá, el enriquecimiento es injusto.
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